Al resolver el recurso promovido por el PAN en contra del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que determinó considerar que todos los votos que se emitieran en favor de la ex aspirante presidencial independiente Margarita Zavala deberían considerarse como “para candidatos no registrados”, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó dicho acuerdo. Por mayoría dividida, determinó que estos sufragios deberán contabilizarse como nulos.
de La Jornada: Política https://ift.tt/2K4Bcpu
No hay comentarios:
Publicar un comentario