sábado, 2 de febrero de 2019

Miguel Concha: Prisión preventiva oficiosa

El Senado de la República aprobó el pasado 6 de diciembre, con 91 votos a favor y 18 en contra, un proyecto por el cual se busca reformar el artículo 19 de la Constitución, con el propósito de aumentar el catálogo de delitos, cuya prisión preventiva es de carácter oficioso. Entre ellos destacan el abuso sexual contra menores; el feminicidio; la desaparición forzada; la desaparición por particulares; el robo a transporte en cualquiera de sus modalidades; el uso de programas sociales con fines electorales, así como delitos en materia de hidrocarburos y corrupción. Cabe señalar que la prisión preventiva es una medida cautelar contemplada en el artículo 19 de la Constitución y en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y consiste en una excepción a la libertad, que tiene por finalidad, de acuerdo con las normas, garantizar la integridad y seguridad de las víctimas y testigos, evitando así que el indiciado se sustraiga de la justicia.

de La Jornada: Política http://bit.ly/2MM5mgm

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