Muchos ciudadanos y no pocos periodistas nos preguntan cuáles son los delitos electorales más frecuentes y graves. El catálogo que contiene la ley de la materia es relativamente corto, pero las conductas penalizadas son más de 400. El delito verdaderamente grave es el uso de los programas sociales con fines electorales, lo que había sido frecuente en los tiempos pasados. Cualquiera que incurra en este delito tendrá hasta nueve años de prisión, los mismos que tendría un servidor público. Además, se establece una medida cautelar muy dura: el acusado se irá a la cárcel mientras dure el proceso penal: el juez, tendrá la obligación de imponerle la prisión preventiva de manera oficiosa.
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