La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó el análisis de la Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED), donde definió que debe aplicarse en un juicio civil independiente de procesos penales, que sólo puede ejecutarse sobre bienes de origen ilícito, que prescribe y que sus efectos no serán retroactivos.
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