La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que en el caso de los sentenciados por el delito de secuestro es constitucional no otorgar beneficios preliberacionales, como la reducción de condena.
de La Jornada: Política https://ift.tt/2JP5V6m
No hay comentarios:
Publicar un comentario