La realización del informe de los primeros 100 días del tercer año de gobierno que rindió el presidente Andrés Manuel López Obrador constituyó un acto de propaganda que desacató las restricciones constitucionales que rigen en proceso electoral, pues se efectuó el 30 de marzo, cuando ya habían arrancado campañas en seis estados, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Ordenó a la Sala Especializada de ese mismo órgano revisar el caso, imponer “las consecuencias jurídicas” y evitar su reiteración.
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