jueves, 31 de diciembre de 2020

Denigrar, amenazar o asustar a un menor constituyen un castigo corporal: SCJN

Los actos que tengan por objeto menospreciar, humillar, denigrar, amenazar, asustar o ridiculizar a un menor de edad, sea leve, moderado o grave, constituyen un castigo corporal y un trato cruel y degradante, estableció la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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