El fuero militar no podrá operar “bajo ninguna circunstancia frente a situaciones que vulneren los derechos humanos de los civiles”, y en el caso de la violación sexual de las indígenas Valentina Rosendo e Inés Fernández Ortega por militares –ocurrida en comunidades del estado de Guerrero, en el año 2002– “es claro que tal conducta” no tiene relación alguna con la disciplina o misión castrense, por lo que los procesos penales de estos asuntos deben ser resueltos por la justicia civil.
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